Auto Supremo AS/0425/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Por Sentencia 1/2016 de 1 de marzo, el Juez Primero de Sentencia de la Capital


Por Sentencia 1/2016 de 1 de marzo, el Juez Primero de Sentencia de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Andrés Ortiz Gutiérrez, absuelto de pena y culpa de la comisión del delito de Incumplimiento de Contratos, previsto y sancionado por el art. 222 del CP, disponiendo la cesación de cualquier medida cautelar impuesta en su contra, en base a los siguientes argumentos:

Como hechos generadores del proceso penal se tiene: a) La prueba MP-1, acreditó la relación jurídica mediante un contrato entre la empresa Constructora Ortiz Gutiérrez, cuyo representante legal era Andrés Ortiz Gutiérrez y la ex prefectura de Pando; b) La prueba MP-2, que establecería que la supervisión de las obras estaría a  cargo de la Secretaria de Desarrollo de Infraestructura y obras públicas a través de su Unidad de Supervisión y seguimiento y el profesional que sea designado para el efecto; en el caso de autos, no se había presentado el memorándum, resolución o acto administrativo por parte de la referida Secretaría, que acredite la designación de un supervisor de obras; y, c) La prueba MP-03, demostraría que Andrés Ortiz Gutiérrez tenía una relación contractual con la ex Prefectura de Pando, por la suma de Bs. 159.928,35.- (ciento cincuenta y nueve mil novecientos veintiocho bolivianos), de los cuales había cobrado el monto de Bs. 31.985,67.- (treinta y un mil novecientos ochenta y cinco bolivianos), correspondiente al 20% del total del contrato