Auto Supremo AS/0426/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Asimismo, haciendo alusión al acápite “Del Punto Sexto” de la Resolución impugnada, denuncia el recurrente


Asimismo, haciendo alusión al acápite “Del Punto Sexto” de la Resolución impugnada, denuncia el recurrente la falta de fundamentación por parte del Tribunal de alzada, al deducir que el Tribunal de Sentencia no desconoce su personalidad y no merece mayor consideración, omitiendo reconocer que todas las informaciones recabadas por su parte, fueron previo requerimiento fiscal y en ejercicio de su derecho a la defensa; para tal efecto, hace referencia al art. 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Sentencia de 1 de septiembre de 2010 en el caso Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña Vs. Bolivia; de igual manera, refiriéndose al acápite “Del punto Séptimo” de la Resolución impugnada, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado no menciona, no cita, ni valora y menos fundamenta la precisión y amplitud de los agravios cuestionados, en violación a sus derechos al debido proceso, posibilidad de ser oído por el Tribunal competente, independiente e imparcial y a la igualdad. Detallando que en el punto “6.1” a fs. 3468 vta., de la Resolución impugnada, los vocales de la Sala Penal Tercera, “machacan con el cumplimiento del direccionamiento de la causa, con relación a la emisión de una resolución condenatoria por el delito de Asesinato, reiterando con su atentado a mi derecho a ser juzgado por Tribunal imparcial.” (sic)