Auto Supremo AS/0426/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

El Auto Supremo 353/2006 de 29 de agosto, dictado dentro del proceso penal seguido por


El imputado denunció que el Tribunal de apelación incurrió en fundamentación contradictoria en los puntos segundo, tercero y cuarto del subtítulo 1, a tiempo de resolver el recurso de apelación restringida interpuesto por el acusado; argumento del Tribunal de alzada en el cual se observaría un procesamiento y revaloración de la prueba, cuando en el punto, 7.1 a fs. 3469 del fallo impugnado, señaló que la valoración probatoria es facultad exclusiva de los Jueces y Tribunal de mérito; sin embargo, en el punto 7.2 del referido fallo, hubiera retrotraído su actividad a circunstancias de hechos y pruebas fácticas que ya fueron sometidas al control oral, público y contradictorio del A quo. Al respecto invocó como precedentes:

El Auto Supremo 353/2006 de 29 de agosto, dictado dentro del proceso penal seguido por Mónica Denise Candelaria Medina Téllez y otra contra Rene Rojas Peña y otra, por el delito de Estafa y otros, que tuvo como antecedentes la constatación parte de éste Tribunal Supremo del Órgano Judicial, de que el Tribunal de apelación modificó la sentencia apelada con base a una nueva valoración de la prueba, vulnerando los principios que rigen el juicio oral, público y contradictorio, como ser el de igualdad de partes, defensa y debido proceso, constituyendo el defecto encontrado en absoluto conforme manda el inc. 3) del art. 169 del CPP, motivando la emisión de la siguiente doctrina legal aplicable:

El Auto Supremo 104/2013 de 18 de abril, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y otra contra RMI, por la comisión del delito de Concusión, tuvo como hecho efectivo que, el Tribunal de alzada revaloró la prueba y realizó una calificación de los hechos, concluyendo que la recurrente encuadró su conducta al tipo penal acusado