Auto Supremo AS/0430/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Que el 2005 encontrándose en la obligación, de empadronarse ante Impuestos Internos con el consecuente


Que el 2005 encontrándose en la obligación, de empadronarse ante Impuestos Internos con el consecuente cambio de Ruc por el NIT, no lo hizo hasta mayo de dicha gestión, no habiéndose presentado extractos tributarios de esos meses, habiendo emitido facturas utilizando el NIT 1043251014 a nombre de Luís Cueto en el transcurso de ese tiempo, con dosificaciones fuera de rango, situación irregular. Una vez empadronado en los períodos de julio a septiembre de 2005, presentó declaraciones juradas fuera de las fechas de vencimiento con una mala determinación en el cálculo del impuesto determinado a favor del Fisco; por otra parte, no presentó libros de venta IVA, no evidenciándose en consecuencia el correspondiente registro de notas fiscales, situación que derivó en la institución recaudadora de impuestos emitiera Vista de Cargo Nº SIN/GDCH/DF/00090FE00036, mediante el cual se establecía el monto a pagar de la liquidación efectuada por la suma de Bs. 960.809.- concediendo a la institución treinta días para que emita sus descargos y presente su prueba correspondiente, de no hacerlo se determina empozar dicha suma a favor del fisco. Que, ante el incumplimiento del monto determinado mediante vista de cargo, se emitió la resolución Determinativa, mediante la cual se conminaba al pago de la suma de Bs. 1.568.332.- suma actualizada por concepto de deuda Tributaria más la sanción correspondiente, bajo conminatoria de procederse a la ejecución Tributaria. Que el incumplimiento de este pago, derivó que el Batallón de Seguridad Física tuviese que cancelar la suma de Bs. 1.206.773.- por deuda tributaria, emitiéndose en consecuencia el auto de conclusión de trámite