Auto Supremo AS/0430/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Que los batallones de Seguridad Física Privada, al ser una unidad dependiente de la Policía


Por Sentencia 17/2016 de 5 de mayo, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Pablo Jorge Quiñones Sejas, autor de la comisión de los delitos de Peculado, Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, imponiendo la pena de ocho años de reclusión y cien días multa a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia; asimismo, lo absolvió de los delitos de Uso Indebido de Influencias y Concusión, bajo las siguientes conclusiones:

Que los batallones de Seguridad Física Privada, al ser una unidad dependiente de la Policía Nacional, su personal en todos sus niveles y jerarquías se encuentran en la condición de funcionarios o servidores públicos, no pudiéndose confundir la denominación privada, con la naturaleza del servicio que presta; que el imputado, prestaba sus servicios en el comando departamental del Batallón de Seguridad Física y posteriormente fue designado como Contador del departamento administrativo del Comando Departamental del distrito de Chuquisaca, encontrándose en la gestión 2005, fungiendo en el Batallón de seguridad Física en calidad de Contador encargado de la parte financiera, así como el registro y el pago de impuestos por los servicios prestados y remunerados ante el Servicio Nacional de Impuestos