Auto Supremo AS/0582/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0582/2018

Fecha: 28-Jun-2018

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II.2. recurso de casación de Mercedes Burgoa Claure
1.Acusa la incorrecta aplicación del art. 291 (sin precisar norma), manifestando, la que demanda de cumplimiento debió estar dirigida en contra de el o los deudores que se obligaron con la prestación en favor del acreedor, y de esa manera establecer la legitimación pasiva, en cuyo entendido, refiere que, se ha inducido en error a las autoridades jurisdiccionales de instancia al no tomarse en cuenta que su persona en ningún momento celebro contrato alguno con la parte actora, pues su nombre no aparece en el documento base de litis, así como tampoco hubo subrogación o representación a momento de adquirir el 50% de cuotas de capital de “manera fraudulenta” en fecha 31 de marzo de 1997 de la Sra. Mery Daza Calderón de Block, y siendo que el contrato en cuestión fue firmado en fecha 25 de febrero de 1997, el mismo es de data anterior a la transferencia de capital a su persona