Auto Supremo AS/0582/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0582/2018

Fecha: 28-Jun-2018

En el caso de Autos, de la revisión del fallo recurrido se puede apreciar que

En el caso de Autos, de la revisión del fallo recurrido se puede apreciar que en lo referente al denuncia que ahora se analiza, es decir la carencia de fecha de suscripción en el contrato objeto de litis; el Tribunal de alzada a momento de apreciar dicho elemento probatorio, refiere que la documental de referencia, sí cuenta con una fecha de suscripción, ello tomando en cuenta que si bien en la parte final de este contrato solamente se ha consignado como fecha “25 de febrero”, en el encabezado de este documento se ha asignado también la sigla “03/97” lo que permitiría inferir que este contrato fue suscrito en fecha “25 de febrero de 1997”, situación que además encontraría respaldo en el documento de reconocimiento de firmas y rubricas que cursa en fs. 5 de obrados, donde de manera clara se consigna que el referido reconocimiento correspondería al contrato de fecha 25 de febrero de 1997, situación que de la revisión de las mencionadas probanzas, resulta evidente, pues esta última literal (fs. 5), de manera clara refiere: “…previo juramento, reconocieron como suyas las firmas y rubricas del documento privado de fecha 25 de febrero de 1997…”, cuestión por la cual no resulta evidente la denuncia del recurrente, puesto que no se advierte que el juzgador de grado haya incurrido en una errada interpretación y apreciación del contendido del contrato en cuestión