Auto Supremo AS/0591/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2018

Fecha: 28-Jun-2018

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Por su parte Rodolfo Guido Salinas Peñaloza, contestó negativamente la demanda, señalando que ha momento de realizar el muro de contención de su propiedad, acordó con la demandante ante el GAMS, cancelar la suma de Bs.2.000, dinero que pagó al obrero que ejecutó la demolición de los ambientes por solicitud de la actora, por lo que no corresponde el pago demandado; en cuanto al hecho ilícito, señala que no existe demanda penal iniciada en su contra para establecer el ilícito. Asimismo, manifestó que la demandante planteó ante el Juzgado 4to. de Instrucción en lo Civil, una demanda de interdicto, existiendo dos procesos sobre el mismo asunto; concluye observando la prueba contraria y planteó excepción de falta de acción y derecho, ya que la demandante no sería la propietaria del bien inmueble (fs. 68 a 71).
2.Asumida la competencia por el Juez Público Civil y Comercial Nº 12º, pronunció la Sentencia Nº 054/2017 de 10 de abril (fs. 601 a 613), declarando IMPROBADA la demanda de Resarcimiento de daños y perjuicios con costas y costos, bajo los siguientes fundamentos:
-No se demostró la responsabilidad por hecho ilícito, ya que la pretensión es lograr el resarcimiento de daños y perjuicios.
-No se demostró con prueba documental, pericial, testifical o de inspección, la verosimilitud del monto reclamado de Bs. 62.400.
-Se constató el inició y conclusión de otro proceso judicial (interdicto de obra nueva perjudicial y daño temido), donde la demandante exigió el mismo monto de reparación, proceso cuya sentencia le fue favorable a la misma