Auto Supremo AS/0315/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2018

Fecha: 06-Jul-2018

Así entonces y conviniendo que el pronunciamiento en grado de apelación involucra un segundo examen

Con relación al pronunciamiento del Tribunal de apelación, se debe convenir prima facie que, conforme lo tiene advertido el Tribunal de Casación en su jurisprudencia“…el recurso de apelación difiere sustancialmente del recurso de casación en cuanto a su naturaleza y fines, en la medida que el primero persigue un nuevo juicio sobre la causa, mientras que el segundo persigue someter a escrutinio la resolución. En efecto, según el profesor Fernando de la Rúa ‘Se considera medio de gravamen (o medio ordinario v.gr. la apelación) aquél que determina ‘el reexamen inmediato de la misma controversia en una nueva fase procesal’, no para rescindir un fallo ya formado sino para juzgar nuevamente la causa…’ (El Recurso de casación, 1968, p. 50); de ahí su denominativo de juicio ex novo”. (AS. N° 123 de 28 de mayo de 2014)
Así entonces y conviniendo que el pronunciamiento en grado de apelación involucra un segundo examen de la causa sobre el fondo de lo decidido antes que el enjuiciamiento de los decidido por el a quo, el Tribunal de apelación no se encontrará reatado a los puntos específicos postulados en el recurso de apelación, sino al problema jurídico controvertido