Auto Supremo AS/0784/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0784/2018-RRC

Fecha: 30-Ago-2018

En el acápite denominado “PRUEBA DE CARGO DEL MINISTERIO PÚBLICO” (sic), el Tribunal de Sentencia


Por Sentencia 11/2017 de 4 de marzo, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Sandro Ibarra Mamani y José Ángel Mita Mamani, absueltos de pena y culpa de la comisión del delito de Cochecho Pasivo Propio, previsto y sancionado por el art. 145 del CP, disponiendo la cesación de las medidas cautelares de José Ángel Mita Mamani, una vez que la Sentencia adquiera calidad de cosa juzgada.

En el acápite denominado “PRUEBA DE CARGO DEL MINISTERIO PÚBLICO” (sic), el Tribunal de Sentencia hizo una descripción de la prueba de cargo y de descargo, tanto documental como testifical; en la parte final de cada descripción, hizo una mención resumida del contenido de cada prueba, posteriormente pasó a realizar la fundamentación jurídica, refiriéndose al contenido del art. 145 del CP, el entendimiento del mismo, expuesto por Carlos Creus, señalando que el ilícito de Cohecho Pasivo, requiere de un sujeto activo y otro pasivo; y, que el mismo es cometido aprovechándose de forma ilegal de un puesto de trabajo; que en el caso de autos no se habría podido demostrar que el cohechante Oscar Magne, hubiera entregado montos diferentes de dinero; puesto que, las declaraciones del Sof. Choque, Cnl. Cuevas y Villarroel, serían referenciales por parte Oscar Magne, este último que posteriormente desapareció de la ciudad de Potosí; continua refiriendo lo mencionado por Ricardo Ramiro Tola Fernández sobre el tipo penal referido, señalando que Oscar Magne, mencionó diferentes montos, por lo que existiría duda sobre la certeza de los dineros entregados a los acusados, así como el motivo de su entrega, pues por un lado se manifestaría que la entrega, fue para beneficiar a Magne y Vania Núñez en la investigación que se realizaba por un delito de Homicidio; y posteriormente, también se manifestaría que fue para apoyar con la investigación; consecutivamente, el Tribunal A quo, reitera el contenido de toda la prueba producida en juicio, relacionando las mismas entre sí