En el fondo
3.Indica que el fallo recurrido, confirmó la sentencia de primer grado, prescindiendo de los fundamentos del recurso de apelación de quien en vida fue su padre Manuel Vicente Peñaranda Ergueta, infringiendo con ello el art. 1 num. 4) y art. 30 num. 1), 6) y 11) de la Ley 025, los arts. 1286 y 1283 del CC, y los principios procesales de seguridad jurídica, transparencia, legalidad y verdad material, en razón de que el Juez no habría apreciado la prueba de cargo producida de acuerdo a los arts. 1286 del CC, y 397 del CPC, que se encontraban vigentes en aquel momento.
Solicitando en ese merito, se dicte resolución anulando obrados hasta fs. 637 vta., inclusive debiendo cumplirse con el Auto de Vista Nº 246/2017 de fs. 631 a 632.
En el fondo
Solicitando en ese merito, se dicte resolución anulando obrados hasta fs. 637 vta., inclusive debiendo cumplirse con el Auto de Vista Nº 246/2017 de fs. 631 a 632.
En el fondo
- Proceso: Nulidad de escritura pública y otros
- CONSIDERANDO I
- Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- 1
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- En el fondo
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- En base a lo expresado, solicita se case el auto de vista recurrido, y pronunciándose
- En la forma
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- En ese merito, solicita se case el auto de vista recurrido, y pronunciándose en el
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- CONSIDERANDO III
- III.2. Sobre la causa ilícita y motivo ilícito en la nulidad de los actos jurídicos
- La acción de nulidad está regulada por el art
- En este entendido se debe precisar que del análisis del art
- Al respecto, el Auto Supremo N° 518/2014 de 8 de septiembre, estableció lo siguiente: “Enfocando
- Por su parte, en cuanto al motivo ilícito el Auto Supremo 311/2013 de 17 de
- De lo expuesto, podemos inferir que la causa es lícita cuando es conforme al orden
- CONSIDERANDO IV
- En ese contexto, se tiene que los referidos puntos del recursos de casación en
- En la fondo
- En lo referente a la impugnación recursiva de fondo, se tiene que ambas recurrentes proponen
- De una atenta lectura de la argumentación recursiva descrita, se puede inferir que las recurrentes
- Al respecto, resulta imperante precisar que de acuerdo a lo establecido por art
- En ese entendido, de la revisión del cuaderno procesal, concretamente de la postulación pretencional del
- Se regula honorarios para el abogado que responde a los recursos de casación en la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
