2.Respecto a la violación en la aplicación de la norma
Los demandantes señalan que el recurso interpuesto, no contiene una expresión clara y precisa de en qué consiste la infracción, violación u error que se hubiese cometido con el Auto de Vista; asimismo, refieren que la demandante denuncia violación a su derecho propietario sin precisar en qué consiste la violación a su derecho y que, en todo caso, no habría sido reclamado a momento de interponer el recurso de apelación.
Añade que de la revisión del recurso planteado, este no cumple con la formalidad establecida en art. 274.I-3) del CPC, ya que la demandante señalaría que existió error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, sin mencionar precisamente el error y mucho menos mencionar la documentación idónea que demuestre la equivocación, por lo que no puede tratar de forzar la valoración de pertinencia e idoneidad de la prueba con un error en la apreciación de hecho o de derecho de la prueba.
2.Respecto a la violación en la aplicación de la norma
Añade que de la revisión del recurso planteado, este no cumple con la formalidad establecida en art. 274.I-3) del CPC, ya que la demandante señalaría que existió error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, sin mencionar precisamente el error y mucho menos mencionar la documentación idónea que demuestre la equivocación, por lo que no puede tratar de forzar la valoración de pertinencia e idoneidad de la prueba con un error en la apreciación de hecho o de derecho de la prueba.
2.Respecto a la violación en la aplicación de la norma
- Rene Torricos Vargas
- acción
- Distrito: La Paz
- 3
- Respecto a los puntos 6) y 7)
- -En cuanto al punto 7) del recurso, respecto a la falta de pronunciamiento en la
- CONSIDERANDO II
- Haciendo referencia a los requisitos de la acción de mejor derecho propietario y el contenido
- 5.Sobre la acción negatoria planteada
- 6.Con referencia a la demanda reivindicatoria
- 1.Improcedencia del recurso
- 2.Respecto a la violación en la aplicación de la norma
- 3.Respecto a la interpretación errónea de la Ley
- Respecto a la valoración de los planos y el informe del INRA, dicha documentación habría
- 5.Respecto a la Acción negatoria planteada
- PETITORIO
- CONSIDERANDO III
- Al respecto, corresponde señalar que el art
- La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, ha orientado en el Auto Supremo Nº 588/2014
- En este entendido se puede concluir que actualmente no se puede negar una pretensión de
- 2.De la acción reivindicatoria
- Al respecto el AS Nº 414/2014 de fecha 04 de agosto, señala: “
- Por otra parte en la doctrina aplicable contenida en el AS 207/2016 de fecha 11
- En suma, se puede expresar que el derecho de propiedad permite reivindicar la cosa de
- 3.La acción negatoria
- El Auto Supremo No
- Al respecto, la doctrina nos enseña que el artículo 1455 del sustantivo civil, proporciona al
- En ese contexto, establecida la naturaleza jurídica del instituto objeto de litis se establece que
- 4.De la valoración de la prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
- CONSIDERANDO IV
- La juez de instancia, realizando un análisis de la cadena dominial, constató que la demandante
- En conclusión, si bien la demandante cuenta con un título de propiedad, el inmueble que
- 3.En cuanto a la acción negatoria y reivindicatoria
- La recurrente señala que de conformidad al art 265
- Ahora bien, conforme precisamos en los puntos III
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Olvis Egüez Oliva.
