Auto Supremo AS/0890/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0890/2018

Fecha: 05-Sep-2018

La recurrente señala que de conformidad al art 265

La recurrente señala que de conformidad al art 265.III del CC, el Tribunal de apelación debió pronunciarse de manera clara sobre la acción negatoria, ya que dejó de lado todos los documentos de propiedad y su valor probatorio así como su calidad para oponerse ante terceros. Los demandados por su parte, señalan que las Autoridades de instancia, establecieron que al no existir coincidencia entre los documentos presentados y el inmueble objeto de la Litis, no correspondía dar curso a la acción negatoria planteada