Auto Supremo AS/0869/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0869/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

El Tribunal de alzada respondió indicando en cuanto al defecto identificado en el inc


El Tribunal de alzada respondió indicando en cuanto al defecto identificado en el inc. 5) del art. 370 del CPP, relativo a que no exista fundamentación de la Sentencia o sea insuficiente y contradictoria, efectivamente la Sentencia adolece de varios defectos relativos a la insuficiente fundamentación, debido a que el fallo no realizó un análisis sobre el objeto del juicio, no contiene un análisis sobre los hechos que fueron o no probados, no contiene una valoración intelectiva de las pruebas otorgando valor probatorio a cada uno, contrariamente se limita a transcribir todas las pruebas de cargo en general, haciendo alusión que basan sus conclusiones en las referidas pruebas incluyendo la prueba que fue excluida, contrariamente debió a analizar los hechos probados y subsumirlos a los elementos constitutivos del delito de feminicidio, además que el fallo de mérito no guarda un orden adecuado, resultando incomprensible y conteniendo contradicciones como la que se indica a fs. 485 vta., bajo el subtítulo de “EL VOMITO”, afirmación y conclusión del Tribunal de juicio que resulta ser contradictorio respecto a la culpabilidad del acusado “toda vez que en esta afirmación hace entender que el motivo de la muerte de la persona fallecida resulta ser la bronco aspiración provocada por los efectos secundarios del consumo de medicamentos y no así la conducta desarrollada por la persona acusada…” (sic)