Auto Supremo AS/0869/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0869/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Por Sentencia 6/2018 de 6 de marzo, el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la


Por Sentencia 6/2018 de 6 de marzo, el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Erick Daniel Yáñez Álvarez, autor y culpable de la comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado por el art. 252 bis inc. 1) del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más el pago de daño civil a la víctima y costas al Estado a calificarse en ejecución de sentencia, siendo resuelta la complementación y enmienda del imputado mediante Resolución de 27 de abril de 2018 (fs. 501 y vta.), en base a los siguientes argumentos:

“…Con lo que se puede afirmar que la víctima al momento de los hechos tuvo un evento de náuseas y vómito, como resultado de los efectos secundarios de las drogas que consumía, Mirtazapina y tylenol, en medio de una pelea violenta con golpes en ambas partes, la broncoaspiración fue la consecuencia fatal de la suma de varios sucesos, con el resultado que fallece en ese momento, sin que el imputado tenga otra idea que la de fingir un ahorcamiento para luego alegar suicidio, las pruebas y todo lo expresado en juicio oral, no admiten otras posibles circunstancias, lo que confirma la convicción del tribunal de sentencia en la culpabilidad del imputado, al observarse dolo, premeditación y efectiva ejecución en asegurar el lugar del hecho para buscar impunidad por la muerte de la víctima…” (sic) (fs. 485 vta.)

“…TERCERO.- El Tribunal establece más allá de la duda razonable que la víctima estuvo en tratamiento psiquiátrico en el Centro de Rehabilitación y salud mental San Juan de Dios desde fecha 04 de abril de 2016 (PDD1), a cargo de la Psiquiatra Teresa Wayra Kolle Valenzuela, en cuyo diagnóstico inicial fue de TRASTORNO DEPRESIVO MAYOR iniciando el tratamiento con una dosis de Mirtazapina de 30 mg en una dosis de 1/2 pastilla (fj. 79), acudiendo a consulta el 18 de abril de 2016, se mantiene la dosis con una leve mejoría, el 09 de mayo de 2016 solo acude el imputado, el 24 de mayo de 2016 acuden juntos a la consulta, donde se puede leer: ‘Manifiesta tener de motivación a su hijo, con tendencia al llanto, al momento no manifiesta ideación, ni planificación suicida, refiere somnolencia, se decide mantener la medicación.’ Teniendo la próxima consulta el 28 de mayo de 2016 (día de los hechos)