Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0891/2019-RRC
Fecha: 07-Oct-2019
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Por memorial presentado el 10 de abril de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 500/2019-RA de 25 de junio,
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El recurrente denuncia contradicción del Auto de Vista impugnado con los Autos Supremos 268/2012-RRC de
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También denuncia que el Tribunal de alzada no dio respuesta al agravio contenido en el
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Refiere que el Tribunal de alzada incurrió en deficiente fundamentación e incongruencia omisiva, al evadir
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El recurrente a su vez afirma que el Auto de Vista incurrió en nueva incongruencia
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1.2. Petitorio
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El recurrente impetra dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado y se disponga la
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I.1.3. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 500/2019-RA, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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Las niñas víctimas A
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II.2. De la apelación restringida
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Mediante recurso de apelación restringida la parte recurrente reclamó: i) que la Sentencia se basó
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció el Auto de
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No es evidente que exista defectuosa valoración de la prueba puesto que de la revisión
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De la Sentencia impugnada se tiene que en la fundamentación probatoria, el Tribunal efectúa una
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Lo acusado y el razonamiento empleado por el Tribunal de origen responde a la lógica,
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El reconocimiento legal de los derechos que tiene un menor de edad, reconocidos por la
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En el delito de Abuso Deshonesto lo que se persigue es un acto lascivo, por
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En el caso precedente el recurrente denuncia: i) que no se le notificó en su
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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El art
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La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.2. Valoración de la prueba
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En la emisión de la sentencia, el Juez o Tribunal tomará en cuenta que los
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En ese proceso de valoración de la prueba de acuerdo al objeto del juicio, se
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Un segundo aspecto está dirigido a la eficacia conviccional del juzgador, es decir: la obligación
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En referencia a lo señalado el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005,
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Entonces, el sistema de la sana crítica goza de las más amplias facultades de convencimiento
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Asimismo, debe tomarse en cuenta que la labor de valoración de la prueba en los
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prueba
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La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
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Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
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En ese contexto el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, tiene
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III.4. Sobre la incongruencia omisiva
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En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o ex silentico)
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene más
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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III.5. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Orlando A
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El mismo autor citando a Joan Pico I
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
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III.6. El derecho al debido proceso
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Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso,
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Bajo ese marco garantista, se concluye lo siguiente
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III.7. El debido proceso y congruencia
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El debido proceso en materia procesal penal abarca un concepto amplio; empero, constitucionalmente está reconocido
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Por otra parte, el principio de congruencia reconocido en el art
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En ese entendido la acusación dentro de un debido proceso penal debe tener en cuenta
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En este sentido, conforme concluyó el Auto Supremo 021/2015-RRC de 13 de enero “(…) la
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III.8. De los precedentes invocados
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La parte recurrente invoca en calidad de precedentes contradictorios
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Por la pertinencia del caso, conviene también remitirse a la jurisprudencia contenida en la SC
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Lo cual significa que en los casos en que el apelante señala domicilio procesal, es
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Al respecto, se puede evidenciar que el Auto Supremo 268/2012-RRC de 24 de octubre, la
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III.9. Análisis del caso concreto
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III
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La parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada para convocar a un nuevo Vocal
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Por lo que este alto Tribunal concluye que dicha convocatoria necesariamente debió ser notificada al
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III.9.2 Respecto al vicio de incongruencia omisiva incurrido por el Tribunal de apelación
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Al efecto, se hace necesaria la revisión de los antecedentes con los que se cuenta,
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En relación a lo anterior, el Tribunal de alzada determinó: i) no es evidente
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Ahora bien, de lo anterior se puede concluir considerando que la incongruencia omisiva (citra petita
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El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en deficiente fundamentación e incongruencia omisiva,
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Al respecto, es necesario precisar que tanto la falta de fundamentación de las resoluciones así
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Ambos supuestos forman parte del test de control que corresponde tanto al Tribunal de alzada
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Razón por la cual, al evidenciarse de la simple lectura del primer acápite del tercer
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Fdo
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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