A través de la Sentencia 90-A/2016 de 23 de marzo, el Tribunal de Sentencia Tercero
II. ANTECEDENTES PROCESALES VINCULADOS AL RECURSO
II.1. Sentencia. Resumen del hecho objeto del proceso, hechos probados y fundamentación de la pena
A través de la Sentencia 90-A/2016 de 23 de marzo, el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Santos Samuel Quispecahuana Quenta, autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 1) y 3) del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de treinta años sin derecho a indulto, con costas y reparación del daño civil averiguables en ejecución de Sentencia; fallo que en lo que importa a la acción recursiva que motiva autos, manifestó:
El representante del Ministerio Público Hugo Flores Miranda presentó acusación pública contra Santos Samuel Quispecahuana Quenta, señalando que el 7 de octubre de 2012, se presentaron en la Jefatura Policial de Guaqui los señores Lorenzo Callisaya Bautista, Rolando Callisaya Maydana, Freddy Max Quispe y Gustavo Quispe Choquetarqui para comunicar la muerte de dos personas de sexo femenino; la primera Pascuala Callisaya Bautista y la segunda Lidia Margot Quispecahuana Callisaya, las que fueron encontradas sin vida en el interior de la casa del acusado, ubicado en la localidad de Belén Pituta “B” de la jurisdicción de Guaqui; asimismo la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Guaqui y Lorenzo Callisaya Bautista y Máxima Callisaya de Quispe presentaron acusación particular contra el acusado, atribuyéndole la presunta comisión del delito de Asesinato previsto y sancionado por el art. 252 numerales 1) y 3) del CP.
La calificación del hecho se basó en la conducta típica y antijurídica del acusado Santos Samuel Quispecahuana Quenta; se adecuo a los elementos constitutivos del tipo penal de Asesinato, ya que su actuar reprochable vulneró el bien jurídico vida protegido por el Estado, por lo que en justicia correspondía la aplicación de la sanción penal más grave al haberse demostrado con suficiente prueba que el acusado llevado por la ira asesinó de la forma más cruel y despiadada a su esposa e hija menor de edad con ensañamiento al aumentar deliberada e inhumanamente el dolor de las víctimas, de modo cruel, actuado sobre seguro y sin riesgo porque la menor de seis años última víctima no tuvo la posibilidad de reacción ni de oponer resistencia encontrándose en total estado de indefensión
- Por memorial presentado el 12 de febrero de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia en conocimiento de las acciones recursivas opuestas
- Por otra parte, refiere que el Auto de Vista impugnado fuese contradictorio con los Autos
- I.2.1 Petitorio
- Pide, se admita el recurso e ingresando al fondo se deje sin efecto el Auto
- A través de la Sentencia 90-A/2016 de 23 de marzo, el Tribunal de Sentencia Tercero
- Sobre la imposición de la pena aplicable al caso, la Sentencia estableció que para la
- El acusado Santos Samuel Quispecahuana Quenta, interpuso recurso de apelación restringida contra la Resolución 90-A/2016
- Señala que invocó reservas de apelación restringida durante la tramitación del juicio oral, al respecto
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en consideración al
- Respecto del segundo agravio, falta de votación y deliberación en la emisión del auto complementario,
- Con relación al tercer agravio en el que se señaló inobservancia de las reglas de
- Al cuarto agravio, errónea aplicación de la ley adjetiva, errónea valoración de la prueba y
- Con relación al quinto agravio, vulneración al debido proceso en su dimensión
- Con base en el Auto Supremo Nº 531/2019-RA de 24 de julio, este tribunal para
- El sistema procesal boliviano posee una clara separación en las etapas de investigación y juzgamiento; el
- La emisión de una Sentencia, es el hito que inicia la fase de recursos, entre
- En ese ámbito, el diseño constitucional y el desarrollo normativo procesal penal confieren al Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia a través del recurso de casación tiene
- En el contexto del art
- Entonces, cuando se pretende que la Sala Penal realice la labor de contraste entre el
- DOCTRINA LEGAL
- III
- Es en el ámbito probatorio que se ponen de manifiesto las diversas versiones del principio
- De las contextualizaciones precedentes se deduce que la inmediación debe exigirse no solo respecto de
- El principio de inmediación implica una observación directa del juez, quien lleva adelante el juicio
- En el caso, el recurrente reclama el hecho de que el Auto de Vista impugnado
- Por otra parte, el hecho de que un solo juez técnico hubiera resuelto la solicitud
- Realizada esa aclaración, debemos establecer que tanto en el Auto de Vista impugnado como en
- CONSIDERANDO: que la recurrente DE viuda de L mediante su recurso de casación impugna el
- Que la recurrente invocando los precedentes contradictorios adjuntados en fotocopias al recurso de casación, indica
- Es decir, partiendo del criterio de que en la descripción fáctica, debe establecerse los hechos
- Derivado de lo anterior, también se tiene que no se realizó una adecuada fundamentación analítica
- Finalmente, tampoco se observa que la Sentencia haya concluido con una fundamentación jurídica acorde a
- Además de lo anterior, que pone de manifiesto la carencia de una adecuada fundamentación de
- En efecto, denunciada la violación de ley sustantiva, insuficiente fundamentación y defectuosa valoración de la
- Por todos los argumentos expuestos se concluye que el Tribunal de Alzada al emitir el
- Una vez desarrollado el acto de juicio oral y agotadas las distintas actividades descritas por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
