Auto Supremo AS/0971/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0971/2019-RRC

Fecha: 18-Oct-2019

Por otra parte, refiere que el Auto de Vista impugnado fuese contradictorio con los Autos


Por otra parte, refiere que el Auto de Vista impugnado fuese contradictorio con los Autos Supremos 438/2005 de 15 de octubre y 73/2013 de 19 de marzo, argumentando que no se consideró la denuncia del quebrantamiento de las reglas de la valoración de la prueba conforme el art. 370 inc. 6) del CPP, pues no se realizó el control de la Sentencia relativos a los hechos y pruebas, simplemente se limitaron a concluir en su apelación no señaló la solución pretendida y no habría identificado los elementos de pruebas erróneamente valorados, cuando dicha observación no fuese cierta, sino una falacia en el entendido que en su recurso de apelación restringida denunció que todas las pruebas de descargo no fueron valoradas, haciendo también constancia su solución pretendida; a su vez, hace referencia a que el Tribunal de Sentencia no realizó un razonamiento lógico al carecer de silogismo jurídico, pues respecto a las declaraciones testificales y documentales no existe motivación generando apreciaciones contrarias a la lógica, ciencia y experiencia, incurriendo en falso juicio de raciocinio identificando el apartado VI denominado valoración intelectiva de las evidencias, haciendo alusión a la inspección ocular como al estudio de biología forense, de la misma forma señala al apartado VII de los fundamentos de derecho en el párrafo veintitrés y veinticinco donde existieron erróneas valoraciones realizadas por el juzgador