Auto Supremo AS/1009/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1009/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

Con relación a la denuncia de defecto previsto en el art


Con relación a la denuncia de defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del Código Adjetivo Penal, concibió que el Tribunal de Sentencia, en vigencia del principio de inmediación concluyó en la acreditación de los hechos que motivaron la presente causa; asimismo, que los acusados fueron relativamente reconocidos por varios testigos. En el mismo punto, encontró que, los Jueces de mérito, no efectuaron una valoración probatoria razonable en relación a los medios de prueba documentales, teniendo en cuenta que la probanza del derecho propietario sucumbe en la jurisdicción penal, en la que no se dirime la titularidad de bienes, que si bien constituyen indicios para llegar a la verdad material, el Tribunal de Sentencia juzgó y sancionó sobre la base de los hechos acontecidos el 19 de marzo de 2009, por lo que como corolario, señaló que: “…en cierta medida ser cierto el hecho de que el a quo haya basado su decisión sobre la base de hechos inexistentes, no acreditados o a la defectuosa valoración de la prueba”