Contra las referidas Sentencias los imputados: Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda
Por otro lado, la Sentencia 16/2013 de 21 de noviembre, declaró a Florencia Huanca de Velasco, autora de la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias y Robo Agravado, tipificados en los arts. 298 y 332, imponiendo la pena privativa de libertad de tres años, suspendiendo al mismo tiempo la pena por el periodo de prueba de un año.
Contra las referidas Sentencias los imputados: Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda. de Mamani, Luis Velasco Huanca, Aurora Velasco Huanca y Florencia Huanca de Velasco, mediante memorial presentado el 20 de diciembre de 2013, formularon recurso de apelación restringida, acusando la inobservancia y errónea aplicación de la Ley dado que las sentencias contienen los defectos previstos por el art. 370 incs. 1), 2), 6) y 11) del CPP, por cuanto: 1) No se compulsaron correctamente las pruebas con relación a los hechos respecto a los delitos de Allanamiento de domicilio y robo agravado, debido a que no se demostró la posesión del inmueble ni se consideraron los procesos de despojo y reivindicación agraria que interpuso el acusador particular, además no existía prueba alguna sobre el delito de Robo; tampoco se consideraron los arts. 37, 38 y 39 del CP, con relación al imputado Andrés Velasco Quispe; 2) No se individualizó a todos los imputados ni se estableció su grado de participación, resultando incongruente que dos imputados en las misma condición, uno sea condenado a la pena de 10 años y a la otra a la pena de 3 años; 3) La sentencia se basó en hechos inexistentes y falsamente acreditados lo que implica defectuosa valoración de la prueba, haciendo al efecto referencia a la declaración de los testigos y de la propia supuesta víctima; 4) Inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación. Este recurso fue resuelto por Auto de Vista 32/2014 de 11 de abril, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; sobre el primer reclamo, señaló “ ..de obrados se infiere que los tipos penales denunciados y ahora resueltos fueron adecuados perfectamente a la conducta de los acusados, que presumible errónea aplicación de la ley sustantiva, no se configuró, toda vez que se cumplió con los elementos constitutivos del tipo penal, y si bien se denuncia inobservancia o errónea aplicación, tampoco el recurrente menciona las condiciones por las cuales se habría vulnerado el art. 370 num. 1) de la norma precitada, o fundamentar la ausencia de algún elemento para que se configure los ilícitos denunciados”. Con relación al segundo reclamo, afirmaron que el tribunal inferior estableció el grado de participación de cada uno de los imputados. Sobre la vulneración del núm. 6) del art. 370 del CPP, en su conclusión tercera señaló que, de la revisión de los datos del proceso, el desarrollo del juicio y la producción de la prueba se determinó y observó la verdad histórica de los hechos suscitados, corroborados con las declaraciones testificales, elementos de prueba que merecieron la valoración pertinente; concluyendo que el Tribunal de alzada no tenía la facultad de revalorizar dichos elementos de prueba. Con relación a la vulneración del num. 11) del art. 370 del CPP, en su conclusión cuarta determinó que de la revisión de la acusación y la sentencia no se evidencia incongruencia alguna, en el entendido de que se habría sancionado conforme a los elementos de convicción que fueron aportados por el representante del Ministerio Público los mismos que orientaron a concluir que la conducta de los co-acusados se subsumió a los tipos penales de Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias y Robo Agravado
- Por memorial presentado el 8 de febrero de 2019, cursante de fs
- Por Sentencias 14/2013 de 29 de octubre (fs
- En cumplimiento de esa determinación, la referida Sala pronunció el AV 51/2018 de 4 de
- La Sentencia 014/2016 no identificó claramente a uno de los supuestos autores, pues en el
- En el Considerando III de la resolución impugnada, se hizo referencia a la respuesta al
- El Considerando V punto 2 de la resolución impugnada, señaló que el recurso interpuesto por
- La Resolución impugnada en su parte inicial identificó a la Sala Penal Primera del Tribunal
- El punto 2
- El recurrente, solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado ante la existencia
- El 27 de octubre de 2013, el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de
- Asimismo, declara a Bertha Ali Vda
- Por memorial de fs
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz con la relatoría
- [iv] En relación a la vulneración del art
- III
- En consecuencia, corresponde resolver cada una de las problemáticas planteadas
- El Auto Supremo 55/2010 de 9 de marzo, sobre la función del tribunal de apelación
- “Que de acuerdo a la filosofía de la Ley 1970 la apelación restringida es el
- Las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio, si en
- El Derecho jurisprudencial está positivado en el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia al interpretar y aplicar la norma ordinaria,
- Desde otra perspectiva la jurisprudencia es la parte de la sentencia emitida por el Tribunal
- Ahora bien, en esa labor la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, tiene una
- La interpretación y aplicación de la norma surge cuando existe contradicción entre el Auto de
- Para la resolución de los agravios traídos en casación admitidos de manera extraordinaria vía flexibilización
- Contra las referidas Sentencias los imputados: Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda
- En cumplimiento del AS anterior, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- En cuanto a la probable concurrencia del defecto previsto en el art
- Con relación a la denuncia de defecto previsto en el art
- Respecto al defecto previsto en el art
- Resolviendo el fondo del recurso este tribunal pronunció el Auto Supremo 104/2016-RRC de 16 de
- La Sala Penal Primera, emitió el Auto de Vista 15/2017 de 15 de febrero, resolviendo
- Contra esa decisión el acusador particular Wilson Velasco Huanca, interpuso recurso de casación contra el
- “Los precedentes invocados en el recurso de casación si como los Autos Superemos emitidos dentro
- La Sala Penal Primera, emitió el Auto de Vista 15/2017 de 15 de febrero, y
- Esa decisión fue recurrida de casación por el acusador particular Wilson Velasco Huanca, porque desconoció
- Conforme a los antecedentes desarrollados en el presente caso se han pronunciado el Auto de
- Al respecto, debe aclararse que los motivos del recurso de apelación restringida interpuestos por
- El Auto de Vista, ahora impugnado dando cumplimiento a la doctrina legal aplicable fundamentó el
- En ese sentido, esta vez se dio cumplimiento a la doctrina legal aplicable, pues el
- Por lo expuesto, los agravios del recurso de casación del recurrente Andrés Velasco Quispe no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
