La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
Cabe recalcar, que la competencia del tribunal de casación está limitada a resolver los agravios respecto del Auto de Vista que se impugna, en ese sentido aspectos que no fueron reclamados y resueltos en la apelación no pueden ser impugnados directamente a través del recurso de casación
III.3.4. Respecto a los motivos que emergieron del pronunciamiento del Auto de Vista impugnado como los referidos a que no existía pronunciamiento sobre la respuesta al recurso de apelación restringida realizada por el acusador particular, el error en la identificación del co imputado porque en una parte de la Sentencia se nombra como Andrés Velasco Quispe pero también se le nombra como Andres Velasco Huanca; error en la identificación de la Sala en la parte resolutiva del Auto de Vista impugnado, donde se hace referencia a la Sala Penal Tercera en como el tribunal que emitió la resolución y finalmente el hecho de revocar en parte la Sentencia 016/2013, que fue pronunciada respecto a la co imputada Florencia Huanca de Velasco produciéndose en opinión de recurrente un defecto procesal no susceptible de convalidación; esta Sala Penal establece que resultan descritos, son defectos formales que no afectan la validez del Auto de Vista impugnado, cuya subsanación debió ser solicitada por el recurrente utilizando el medio procesal previsto por el art. 125 del CPP. Sobre el reclamo de la falta de consideración del memorial de respuesta al recurso de apelación restringida formulada por el acusador particular, no le afecta los derechos del recurrente, por lo que esos agravios no pueden ser atendidos
Por las razones expuestas, la Sala llega a la conclusión que los derechos denunciados como vulnerados por el recurrente no son evidentes, restando fallar en tal sentido.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Andrés Velasco Quispe, de fs. 1107 a 1113
- Por memorial presentado el 8 de febrero de 2019, cursante de fs
- Por Sentencias 14/2013 de 29 de octubre (fs
- En cumplimiento de esa determinación, la referida Sala pronunció el AV 51/2018 de 4 de
- La Sentencia 014/2016 no identificó claramente a uno de los supuestos autores, pues en el
- En el Considerando III de la resolución impugnada, se hizo referencia a la respuesta al
- El Considerando V punto 2 de la resolución impugnada, señaló que el recurso interpuesto por
- La Resolución impugnada en su parte inicial identificó a la Sala Penal Primera del Tribunal
- El punto 2
- El recurrente, solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado ante la existencia
- El 27 de octubre de 2013, el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de
- Asimismo, declara a Bertha Ali Vda
- Por memorial de fs
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz con la relatoría
- [iv] En relación a la vulneración del art
- III
- En consecuencia, corresponde resolver cada una de las problemáticas planteadas
- El Auto Supremo 55/2010 de 9 de marzo, sobre la función del tribunal de apelación
- “Que de acuerdo a la filosofía de la Ley 1970 la apelación restringida es el
- Las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio, si en
- El Derecho jurisprudencial está positivado en el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia al interpretar y aplicar la norma ordinaria,
- Desde otra perspectiva la jurisprudencia es la parte de la sentencia emitida por el Tribunal
- Ahora bien, en esa labor la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, tiene una
- La interpretación y aplicación de la norma surge cuando existe contradicción entre el Auto de
- Para la resolución de los agravios traídos en casación admitidos de manera extraordinaria vía flexibilización
- Contra las referidas Sentencias los imputados: Andrés Velasco Quispe, Bertha Ali Vda
- En cumplimiento del AS anterior, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- En cuanto a la probable concurrencia del defecto previsto en el art
- Con relación a la denuncia de defecto previsto en el art
- Respecto al defecto previsto en el art
- Resolviendo el fondo del recurso este tribunal pronunció el Auto Supremo 104/2016-RRC de 16 de
- La Sala Penal Primera, emitió el Auto de Vista 15/2017 de 15 de febrero, resolviendo
- Contra esa decisión el acusador particular Wilson Velasco Huanca, interpuso recurso de casación contra el
- “Los precedentes invocados en el recurso de casación si como los Autos Superemos emitidos dentro
- La Sala Penal Primera, emitió el Auto de Vista 15/2017 de 15 de febrero, y
- Esa decisión fue recurrida de casación por el acusador particular Wilson Velasco Huanca, porque desconoció
- Conforme a los antecedentes desarrollados en el presente caso se han pronunciado el Auto de
- Al respecto, debe aclararse que los motivos del recurso de apelación restringida interpuestos por
- El Auto de Vista, ahora impugnado dando cumplimiento a la doctrina legal aplicable fundamentó el
- En ese sentido, esta vez se dio cumplimiento a la doctrina legal aplicable, pues el
- Por lo expuesto, los agravios del recurso de casación del recurrente Andrés Velasco Quispe no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
