Auto Supremo AS/1015/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1015/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

Como hechos generadores del presente proceso penal se tiene que el 27 de abril de


Como hechos generadores del presente proceso penal se tiene que el 27 de abril de 2014 a horas 12:00 aprox., efectivos de la FELCN al recibir la información de inteligencia sobre un traslado de sustancias controladas comenzó a realizar vigilancia a la flota Trans Bioceánico con placa de control 1446 IKP que se encontraba con dos ocupantes en su interior (conductor y acompañante), motorizado que se estacionó en la bodega y a horas 19:00 pm, arribó al carril 22 donde inmediatamente funcionarios policiales realizaron las requisas respectivas de la flota, logrando trasladar a horas 22:00 pm, a oficinas de la FELCN-SC a objeto de que se realice una requisa minuciosa, que por no tener las condiciones se decidió realizar la requisa al día siguiente lunes 28 de abril de 2014, llegándose a descubrir a horas 11:00 am, 89 paquetes en forma de ladrillo ubicado en la parte inferior interna del piso del pasillo a la altura de la tercera fila de asientos, donde se procedió a la aprehensión de Rogelio Asturizaga y Antonio Chore Tomicha, a su vez secuestrando el motorizado, llegando a determinar un peso total de la Sustancia de 91.250 gramos de Cocaína, previa realización de prueba de campo Narco Test. Que, mediante la respuesta de flujos telefónicos se determinó una comunicación telefónica con Dionicia Ponce Llanos, pues al margen de la comunicación también se estableció mediante diferentes entrevistas a los vecinos del inmueble de la misma, que días anteriores al operativo dicho motorizado se encontraba en el domicilio de la acusada y fue de donde salió para dirigirse a la Terminal Bimodal, además que el esposo de la acusada también guardaba condena por Transporte de Sustancias Controladas