Auto Supremo AS/1015/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1015/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

Con relación al agravio de la supuesta incongruencia entre la acusación y la Sentencia prevista


Con relación al agravio de la supuesta incongruencia entre la acusación y la Sentencia prevista en el art. 370 inc. 11) del CPP, si bien es cierto que inicialmente el Ministerio Público acusó contra Rogelio Asturizaga, Antonio Choré y Dionicia Ponce por el delito de Transporte de Sustancias Controladas y que en forma posterior Rogelio Asturizaga fue condenado al delito de Tráfico, sin embargo conforme el principio iura novit curia el Tribunal tiene dicha facultad de aplicar el derecho que corresponda al hecho sometido a juzgamiento, sin modificar el contenido de la acusación formal, pues puede emitir una Sentencia por una calificación distinta a la propuesta respetando el principio de congruencia, respetando los derechos y garantías de las partes; consecuentemente, de la valoración de las pruebas de cargo examinadas se infiere que la actuación del acusado en la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas fue con conocimiento pleno de forma libre, también se encuentra demostrado la existencia de una relación y coincidencia en tiempo, lugar, hechos y personas, elementos y componentes del tipo penal que hacen firma la decisión del Tribunal para condenar al referido acusado, tomando en cuenta la elevada cantidad de cocaína incautada, de lo que se establece que no se incurre en incongruencia entre la acusación y la Sentencia, los delitos previstos en la Ley 1008 son de carácter formal y no de resultado, lo que no existe la tentativa