Auto Supremo AS/1108/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1108/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Antes de ingresar es menester reiterar los puntos III

Antes de ingresar es menester reiterar los puntos III.1 y III.2 de la doctrina aplicable al caso, principio de verdad material, que es la obligación del juzgador, al momento de emitir sus resoluciones, de observar los hechos tal como se presentaron y analizarlos dentro de los acontecimientos en los cuales encuentran explicación o que los generaron, refiriéndose a un análisis de los hechos ocurridos en la realidad, anteponiendo la verdad de los mismos antes que cualquier situación, aunque, obviamente, sin eliminar aquellas formas procesales establecidas por la ley, que tienen por finalidad resguardar derechos y garantías constitucionales, como el principio de razonabilidad que está orientado a que toda autoridad que ha de asumir una decisión, la haga de forma armonizada y razonada, acorde con valores plurales supremos como ser la justicia e igualdad, buscando una legítima relación entre la aplicación normativa y el bloque de constitucionalidad