Auto Supremo AS/1113/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1113/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En ese marco, la sentencia del A quo, estableció que no existe medio probatorio que

En ese marco, la sentencia del A quo, estableció que no existe medio probatorio que demuestre, que el actor ocupa el inmueble desde el año 1992; pues, las facturas por servicios básicos de agua y luz, dan cuenta del pago en los años 2006 y 2007; las declaraciones testificales de Juan Carlos Spada Taborga y Alex Gonzalo Alarcón Aruquipa, no son uniformes respecto a la posesión del actor; la declaración del testigo Juan Carlos Spada Taborga, refiere que la superficie sería de 450 m2 y no así 550 m2, siendo distinta a la demandada, cuando éste resulta ser quien vendió la otra mitad del terreno; el testigo Alex Gonzalo Alarcón Aruquipa, no identificó con precisión si el actor viene ocupando el terreno contiguo al de su propiedad