Auto Supremo AS/1128/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1128/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Si bien se indicó que la división es posible técnica y legalmente según los arts

Si bien se indicó que la división es posible técnica y legalmente según los arts. 40 y 41 del Reglamento PRAHS, el primer artículo indica: “la división admitida para estos inmuebles, es aquella que delimita claramente los ambientes de cada propietario y establece áreas comunes en el inmueble debiendo regirse el o los propietarios en lo referente a estas áreas comunes, constará expresamente en la minuta constitutiva de derecho…”, dicha minuta debe encontrarse debidamente consensuada y aprobada por ambas partes, lo que en el presente caso no sucede, por ello resulta inviable la aplicación de esa norma