Auto Supremo AS/0106/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2019-RA

Fecha: 20-Feb-2019

Con relación al noveno motivo, en el que se denuncian que la Sentencia se basó


Con relación a esta denuncia invocan como precedente contradictorio el Auto Supremo 026/2013 de 8 de febrero, del cual se observa que se trata de es un defecto absoluto que el Tribunal de alzada no se pronuncie sobre todos los puntos apelados; y en este caso el aspecto contradictorio resultaría que el Auto de Vista no se pronunció sobre la denuncia de que en la Sentencia falta la enunciación y la determinación circunstanciada del hecho; argumentos que demuestran que los recurrentes cumplieron con los requisitos de admisibilidad.

Con relación al noveno motivo, en el que se denuncian que la Sentencia se basó en valoración defectuosa de las pruebas introducidas a juicio y el Auto de Vista no identifica la falla y no observa las reglas de la sana crítica, contradiciendo al precedente contradictorio que fuera invocado en su recurso de apelación restringida; esta denuncia no hubiera sido resuelta por el Auto de Vista en su punto cuarto en la que hubiera señalado que en cuanto a la valoración de la prueba resulta ser una denuncia lírica; empero, sin fundamentar porqué considera la señalada denuncia lírica; en consecuencia, señala que si bien el Tribunal de alzada realiza una revisión e interpretación de las pruebas de cargo; empero, omite verificar que el Juez de origen realizó una inadecuada aplicación de las reglas de la sansa crítica en la valoración y fundamentación de las pruebas de descargo