Auto Supremo AS/0133/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2019

Fecha: 12-Feb-2019

Añadió que en el juicio el hecho analizado simplemente fue la conducta de Enrique Carmelo

I.2. Ante la insatisfacción con dicho fallo, la empresa demandada recurrió en apelación tanto en el efecto diferido como en el suspensivo, motivando la emisión del Auto de Vista Nº 53/18 de 15 de febrero, por el que confirmaron la sentencia, con el fundamento principal:
a) En cuanto a la apelación en el efecto diferido, señalaron que la parte apelante a tiempo de apersonarse manifestó haber sido notificada por la oficial de diligencias, lo que importó convalidación del defecto es más el acto procesal cuestionado cumplió su fin procesal.
b) Respecto al recurso de apelación en el efecto suspensivo, arguyó que se confirmó el estado de ebriedad de Enrique Carmelo Zamora, y que para establecer la reparación del daño, no fue necesario el establecimiento de la culpabilidad mediante sentencia penal, para recién posteriormente exigir la responsabilidad civil.
Añadió que en el juicio el hecho analizado simplemente fue la conducta de Enrique Carmelo Ramos Zamora y no de los otros conductores porque la parte demandada no postuló su versión de los hechos; es decir, no contestó a la demanda