Auto Supremo AS/0113/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

De lo señalado, es preciso observar la parte pertinente del Auto Supremo 534/2015-RRC de 24


En el primer motivo, los recurrentes reclaman que el Auto de Vista impugnado vulnera su derecho al debido proceso y seguridad jurídica por ser contrario al Auto Supremo 534/2015-RRC de 24 de agosto, que dispuso la nulidad del anterior fallo de alzada, dado que se limitó a responder, que la fundamentación e individualización de los acusados se encontraría de fs. 624 a 625 de obrados, agregando que las querellantes habían demostrado ser víctimas de hechos violentos cometidos por los imputados junto a otras personas; extremos que según los impugnantes, no concuerdan con los antecedentes inmersos en obrados, dado que de las declaraciones de cargo de Juan Pedro Aduviri Laruta, Dionisia Callisaya Torrejón y Jacinta Laruta Aruquipa, no fueron uniformes, similares e inequívocas y provocan defectos contenidos en el art. 370 incs. 2), 5) y 6) del CPP; por lo tanto, alegan que debió aplicarse el in dubio pro reo y absolverlos

De lo señalado, es preciso observar la parte pertinente del Auto Supremo 534/2015-RRC de 24 de agosto, a objeto de verificar los aspectos denunciados:

“III.3.1. Respecto al recurso de Celso Siñani Huanca, Benita Cruz Canaviri y Joaquin Huaycho Saire