Auto Supremo AS/0185/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

En cuanto al quinto motivo en el que alegan que existiría otro vicio de nulidad


En cuanto al quinto motivo en el que alegan que existiría otro vicio de nulidad o defecto absoluto referente a la falta de notificación del procesado con Sentencia, como consta en el acta de audiencia de lectura de Sentencia, por Secretaria se informa que todos se encontraban en audiencia muertos y hasta los prófugos. A lo que el Juez de origen señaló, que de acuerdo al informe de Secretaria, y toda vez que estaban presentes las partes debía darse lectura a la Sentencia y su posterior notificación. A pesar del informe, a otros se les notifica personalmente, pero al resto se les notifica por cédula en tablero judicial. Después, mediante decreto de 11 de marzo de 2011, se ordena la facción de edictos para notificar al resto de los procesados que no tengan domicilio procesal, en el edicto se consigna a todos los procesados, incluidos muertos, incurriéndose en la nulidad establecida en el art. 297 inc. 6) del CPP