Auto Supremo AS/0185/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

En relación a lo anterior, los recurrentes se limitan a efectuar una denuncia sin identificar


En relación a lo anterior, los recurrentes se limitan a efectuar una denuncia sin identificar con precisión en que fojas cursaría el agravio que solicita sea considerado, omisión que afecta directamente a la formulación correcta del recurso de casación, pues los recurrentes tienen la carga procesal de efectuar sus denuncias con precisión a los fines de que estas sean resueltas, máxime considerando lo ampuloso del expediente motivo de autos; a pesar de aquello, en cuanto a que el Tribunal de alzada no notificó a los recurrentes para fundamentar su apelación, el Auto de Vista impugnado es claro al referir de que los recurrentes no hicieron uso de su facultad reconocida por el art. 286 del CPP, para apersonarse y fundamentar, como tampoco lo hizo el Defensor Oficial, pues se advierte que los coimputados y ahora recurrentes no accionaron aquella facultad generándose ellos mismos con su falta de acción la presunta indefensión; en consecuencia de lo anotado se tiene que el referido agravio resulta infundado