Auto Supremo AS/0185/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art


Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 306 del CPP de 1972, el Ministerio Público, emitió el requerimiento de fs. 7937 a 7964, solicitando se declare Infundados los recursos deducidos, alegando lo siguiente:

Respecto del recurso interpuesto por Rodolfo Villarroel Zubieta y en lo referente a que no se le hubiese escuchado a efectos de que fundamente su alzada, es evidente que el mismo se apersonó ante el Tribunal de apelación no obstante no hizo valer su derecho de realizar su fundamentación prevista por el art. 286 del CPP dentro del término máximo de seis días, conociendo que la misma ley es explícita al mencionar que para tal fundamentación tenía un término máximo de seis días y no lo hizo, pues para ello no necesitaba expresamente una convocatoria cuando es el propio encausado quien recurrió de apelación y no fundamentó su alzada, por lo tanto no se encuentra ninguna vulneración que importe futura nulidad, sino una falta de ejercicio de obligaciones en propia defensa de la pretensión jurídica