Auto Supremo AS/0208/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2019

Fecha: 06-Mar-2019

Petitorio

5. Refirió que el contrato de 30 de diciembre de 2009 es nulo por falta de forma prevista por ley para su validez, en sentido que fue efectuado en una minuta, habiéndose realizado únicamente el reconocimiento de firmas y rúbricas, sin que ninguna de las cláusulas del contrato figure la salvedad “de que por acuerdo entre partes, la misma con solo reconocimiento de firmas y rúbricas surtirá efectos de ley”.
Petitorio