Auto Supremo AS/0212/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2019

Fecha: 07-Mar-2019

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia con los siguientes argumentos: que para demandar el

2. Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por María Rosario Fernández Ochoa, mediante memorial de fs. 156 a 159 vta.; la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 112/2018 de 16 de marzo, cursante de fs. 182 a 184 vta., por la que Confirmó la Sentencia antes mencionada.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia con los siguientes argumentos: que para demandar el cumplimiento de contrato, previamente la parte demandante debe haber cumplido su prestación, más allá de suponer una estafa por la demandada, la demandante debió cumplir con la obligación contraída ya sea por medio de una carta notariada o haber realizado una oferta de pago