Auto Supremo AS/0855/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0855/2019

Fecha: 28-Ago-2019

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1. En su primer punto acusa la indebida apreciación del plazo o término esencial de los 15 días que era de interés primordial conforme manda el art. 571 del CC, debido a que los compradores anticipadamente consintieron que al incumplimiento del plazo podían ofrecer la vivienda a otras personas o reajustar dicho precio, o sea que si no fuera importante el plazo no se lo habría convenido en el contrato, situación que implica una tacita resolución del contrato