Auto Supremo AS/0855/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0855/2019

Fecha: 28-Ago-2019

El reclamo efectuado nos orilla a realizar un estudio del contrato objeto de litis de

El reclamo efectuado nos orilla a realizar un estudio del contrato objeto de litis de fs. 2 a 3, y de su examen se evidencia una serie de cláusulas que determinan los parámetros de dicho acuerdo jurídico, en la cláusula primera describe las partes contratantes, en la segunda hace referencia a los antecedentes, el acápite tercero relata el objeto del contrato y la cuarta el precio que es de $us. 85.000 (Dólares Americanos Ochenta y Cinco Mil 00/100), la quinta establece la forma de pago determinando de forma contractual que: “Las partes acuerdan que el precio pactado por la venta del inmueble será cancelado en 2 cuotas y bajo la siguiente modalidad. 5.1. un primer pago de $us. 30.000,00 (Dólares Americanos Treinta Mil 00/100) en efectivo como pago a cuenta por la compra de la vivienda. 5.2., un segundo y último pago de $us. 55.000,00 (Dólares Americanos Cincuenta y Cinco Mil 00/100) a través de crédito bancario. Los compradores caerán en mora de no realizar este pago sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno.” la cláusula octava es textual al determinar la forma de entrega: “Los Vendedores realizaran la entrega de la vivienda contra entrega del primer pago de $us. 30.000,00 (Dólares Americanos Treinta Mil 00/100) entregado a la fecha de suscripción de este contrato en espera de la aprobación del crédito bancario por un plazo de 15 días para el pago de la última cuota de $us. 55.000,00 (Dólares Americanos Cincuenta y Cinco Mil 00/100)” en cuanto al tema del incumplimiento los sujetos contractuales determinaron: “En caso de incumplimiento de los COMPRADORES, en los pagos, estos consienten que LOS VENDEDORES podrán ofrecer la vivienda a otros compradores y los pagos efectuados como anticipo o primer pago serán devueltos al momento de la ocupación de la vivienda por una tercera persona y se suscriba a dicho tercero la minuta de transferencia, dichos pagos no generaran interés alguno hasta la fecha de la devolución