Auto Supremo AS/0487/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0487/2019

Fecha: 24-Sep-2019

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3.- Otra incongruencia manifiesta de la sentencia, se encuentra cuando expresa que la parte actora pretende justificar el daño y perjuicio sin especificar la inversión realizada, aspecto que deberá ser calculado en ejecución de sentencia. Cuando a la demanda se adjuntó un cuantioso volumen documental que demuestra que se hizo trabajos de gabinete para el diseño, realizó la instalación de faenas y campamento, materializó la movilización de recursos humanos y materiales y realizó estudios técnicos por encargo del municipio, que forman parte del cumplimiento del contrato de obra vinculantes entre partes y si no se emprendió la ejecución física de la obra, fue porque el Municipio no pudo resolver sus problemas institucionales y actuó negligentemente al incumplir con la obligación contractual de disponer la reanudación de obras dejando vigente una suspensión de obras por mucho más de 30 días. Entonces el pronunciamiento es citra petita, porque de manera injustificada y errónea el tribunal sentenciante omite el pronunciamiento y valoración de prueba aportada, sobre todos éstos desarrollos técnicos materializados desde que se emitió la orden de proceder y que constituye el fundamento central de su pretensión procesal de fondo