La prueba pericial aportada por su parte no mereció ni siquiera una objeción seria de
La prueba pericial aportada por su parte no mereció ni siquiera una objeción seria de contrario, fue simplemente relegada y defenestrada, sin motivación ni fundamentación que respalde ese actuar, sin refutar su contenido o su elaboración, y más bien se habría ignorado abierta y desaprensivamente todo el contenido científico de prueba que aporta el criterio profesional que ha faccionado la pericia de su parte. Informe pericial realizado por el Ing. Roberto Carlos Rodríguez que resalta después de una densa exposición técnica, los resultados de su pericia en siete puntos. A diferencia del Informe pericial propuesto por el perito propuesto por la GAMG, el que fue impugnado y no mereció aclaración ni explicación al respecto, lo que demuestra aún más la impertinencia de éste informe que primero, no responde de ninguna manera a los puntos de hecho establecidos en el Auto Interlocutorio N° 034/2017, es decir no es congruente, menos pertinente con los puntos de hecho fijados por el Tribunal para las partes. Segundo, adolece de fundamentación técnica-legal que acredite o legitime su contenido, limitándose a consignar generalidades absurdas inconducentes a la problemática planteada. Tercero, no es parte de la demanda incoada y por ende no es parte de los puntos de hecho a probar, la verificación de obras o ítems ejecutados, precisamente porque fue la entidad demandada la que determinó la suspensión de trabajos en obra y ordenó la realización de trabajos y estudios previos que se desarrollan en gabinete, es decir resulta insulso el trabajo del perito contrario de cuantificar volúmenes de obra, cuando ese no fue el fundamento de la demanda ni fue punto de hecho a probar
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN Y PETITORIO
- En la forma
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- La resolución de contrato practicada por su parte como contratista, de conformidad al contenido del
- Bajo ese antecedente, expresa que la sentencia dictada contiene incongruencia negativa, que es aquella, cuando
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- 2). Ausencia de congruencia interna en la sentencia pronunciada
- En la sentencia recurrida se evidencia el incumplimiento de este principio procesal al expresar que
- Entonces así lo resuelto muestra una incongruencia interna porque entremezcla las posiciones procesales distintas y
- 3.- Ausencia de fundamentación y motivación en la sentencia que viabiliza su nulidad total
- En la sentencia pronunciada, no existe la fundamentación legal pertinente que pueda orientar a las
- 4.- Defectuosa, irregular e ilegal producción de prueba pericial en causa
- Irregular intervención en causa de la profesional auditora de la Sala Social y Juzgados Socio
- Mediante resolución de 8 de septiembre de 2017, cursante a fs
- Irregular dictación de la providencia de autos para sentencia
- Sobre este punto de manera irregular y apresurada, se pronunció la providencia “autos” a sala
- Recurso de casación en el fondo
- Acusa la violación del art
- Para el caso, la demanda presentada contra la municipalidad se ha planteado como fundamento de
- A continuación, acusa la violación del art. 577 del Código Civil
- Por otro lado, acusa la ilegal valoración de la prueba producida en causa por error
- El tribunal juzgador ha realizado una valoración probatoria no solo errada, sino evidentemente sesgada en
- Errada valoración de la prueba aportada en causa
- La prueba pericial aportada por su parte no mereció ni siquiera una objeción seria de
- Contestación al recurso
- Del recurso de casación de fs
- La entidad municipal hizo conocer a la Empresa demandante, la Resolución del Convenio con la
- Por otro lado se evidencia la falta de pronunciamiento con la debida motivación y fundamentación,
- En ese entendido, se evidencia que existió vulneraciones al debido proceso por incongruencia, falta de
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
