De esa relación de antecedentes y exposición del recurrente se evidencia que sus argumentos cuestionan
De esa relación de antecedentes y exposición del recurrente se evidencia que sus argumentos cuestionan la sentencia y no al Auto de Vista impugnado, y que por su incidencia ya fue objeto de análisis y conclusión, por lo tanto el recurrente debió enmarcar su reclamo en consideración a la naturaleza y finalidad del recurso de casación que en el régimen de impugnación regulado por la norma procesal penal es un instituto que refrenda o analiza los Autos de Vista dictados por los Tribunales de alzada y conforme a los arts. 416 al 420 del CPP, el análisis del recurso de casación está destinado a verificar si los Tribunales de apelación en sus resoluciones cumplen o no con la doctrina legal aplicable y emanada por este alto Tribunal de Justicia, en concordancia con los arts. 124 y 398 del CPP, por lo tanto el motivo en análisis deviene en inadmisible
- Por memoriales presentados el 1 y 8 de julio de 2019, Miguel María Torres Bogado,
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1. Recurso de Miguel María Bogado Torres
- II.2. Recurso de Ferdy Roberto Ruiz García
- El recurrente acusa la falta de fundamentación por parte del Auto de Vista impugnado, teniendo
- En relación al delito de Receptación acusa que dicho ilícito no fue fundamentado por ninguna
- II.3. Recurso de Guido Javier Alpíre Arauz
- El recurrente en relación al delito de Receptación por el cual fue sentenciado, indica que
- En cuanto a las conclusiones de los Tribunales en el entendido de haber comprado un
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV.1. Recurso de Miguel María Bogado Torres
- El recurrente en resguardo de la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y el
- VI.2. Recurso de Ferdy Roberto Ruiz García
- De lo expuesto anteriormente se advierte el incumplimiento de los requisitos establecidos en los arts
- Así precisado el motivo se advierte el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en
- VI.3. Recurso de Guido Javier Alpíre Arauz
- Como primer motivo el recurrente en relación al delito de Receptación por el cual fue
- En cuanto al segundo motivo acorde a las conclusiones de los Tribunales en el entendido
- De esa relación de antecedentes y exposición del recurrente se evidencia que sus argumentos cuestionan
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
