En cuanto al segundo motivo acorde a las conclusiones de los Tribunales en el entendido
En cuanto al segundo motivo acorde a las conclusiones de los Tribunales en el entendido que el recurrente compró un vehículo con la plata de un supuesto robo que había perpetrado su hermano; el recurrente reclama que en vez de valorar la duda más al contrario la aplican de manera inversa y a pesar de haber duda y presunción de inocencia, hacen pasar como presunción de culpabilidad, cuando acorde a los arts. 14 y 121 de la CPE, en materia penal, ninguna persona podrá ser obligada a declarar contra sí misma, ni contra sus parientes consanguíneos, por tanto no era obligación legal para denunciarlo, lógica que también es compartida con el art. 286 del CPP, por lo tanto es eximente de responsabilidad y el Tribunal reprocha un acto no probado, teniendo en cuanta también que el Tribunal de mérito simplemente valoró la prueba de la parte querellante y no la aportada por el imputado, incumpliendo con los Autos Supremos 209/2015-RRC de 27 de marzo y 393/2015-RRC-L de 4 de agosto, por lo tanto la Sentencia carece de fundamentación ya que en ninguno de sus considerandos menos la parte resolutiva indica el por qué se aplica al imputado la sentencia, cuando el tipo penal no fue probado incurriendo en el defecto de los arts. 370 inc. 5) y 169 inc. 3) y 4) del CPP
- Por memoriales presentados el 1 y 8 de julio de 2019, Miguel María Torres Bogado,
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1. Recurso de Miguel María Bogado Torres
- II.2. Recurso de Ferdy Roberto Ruiz García
- El recurrente acusa la falta de fundamentación por parte del Auto de Vista impugnado, teniendo
- En relación al delito de Receptación acusa que dicho ilícito no fue fundamentado por ninguna
- II.3. Recurso de Guido Javier Alpíre Arauz
- El recurrente en relación al delito de Receptación por el cual fue sentenciado, indica que
- En cuanto a las conclusiones de los Tribunales en el entendido de haber comprado un
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV.1. Recurso de Miguel María Bogado Torres
- El recurrente en resguardo de la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y el
- VI.2. Recurso de Ferdy Roberto Ruiz García
- De lo expuesto anteriormente se advierte el incumplimiento de los requisitos establecidos en los arts
- Así precisado el motivo se advierte el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en
- VI.3. Recurso de Guido Javier Alpíre Arauz
- Como primer motivo el recurrente en relación al delito de Receptación por el cual fue
- En cuanto al segundo motivo acorde a las conclusiones de los Tribunales en el entendido
- De esa relación de antecedentes y exposición del recurrente se evidencia que sus argumentos cuestionan
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
