Auto Supremo AS/0795/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0795/2019-RA

Fecha: 10-Sep-2019

En relación al delito de Receptación acusa que dicho ilícito no fue fundamentado por ninguna


En relación al delito de Receptación acusa que dicho ilícito no fue fundamentado por ninguna de las partes, menos fue probado, ello en razón de la atestación de un testigo que indicó el desconocimiento del imputado; asimismo, no se probó “que mi persona” supiera o tuviera conocimiento del hecho que se investigaba, incurriendo en tal sentido el Tribunal en el defecto contenido en el art. 370 incs. 4), 5), 6), 8) y 11) del CPP, teniendo en cuenta la doctrina establecida en el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006, y el principio de congruencia en el entendido que el Tribunal de juicio debe dictar una Sentencia condenatoria acorde a la conducta tácita descrita en la norma y debe adecuarse al tipo penal con consonancia con el art. 362 del CPP, por otro lado deben considerarse los principios de legalidad y tipicidad conforme la SC 0770/2012 de 13 de agosto y el Auto Supremo 068/2013-RRC, ya que el Tribunal y la Sala penal tratan de introducir “mi” conducta al tipo penal, aunque no es adecuada para el actuar, incurriendo en defecto absoluto