Auto Supremo AS/0850/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2019-RRC

Fecha: 17-Sep-2019

Añade que, la concurrencia de varias víctimas como elemento agravante de la pena, -sostenido por


Así también, afirma que los argumentos en torno a la existencia de dos momentos en la comisión del hecho, y que en los mismos se involucrase a otras supuestas víctimas nunca fueron demostrados en juicio oral; explica que en los hechos únicamente existió una mayor inversión por parte del querellante en actividad minera, siendo que la presencia de ganancias motivó que éste contactara a terceras personas, aseverando que por ello “no habría motivo valedero para dejar también se ‘estafe’ a su hermana y otros” (sic).
Añade que, la concurrencia de varias víctimas como elemento agravante de la pena, -sostenido por el Tribunal de apelación- nunca fue demostrado en juicio oral, siendo convincente con el hecho de que el delito acusado e incluso el invocado por el acusador particular, no fue el tipo agravado de Estafa, y el hecho de “plasmar dicha afirmación en el Auto de Vista impugnado para sustentar una conducta que agrava [su] conducta…resulta arbitrario e ilegal, ya que no se puede fundar una resolución en la aseveración y/o pretensión de una sola parte, sino del resultado del juicio como tal” (sic)