Auto Supremo AS/0850/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2019-RRC

Fecha: 17-Sep-2019

Las inconsistencias persisten en el abordaje otorgado a las condiciones especiales en las que el


Las inconsistencias persisten en el abordaje otorgado a las condiciones especiales en las que el imputado se encontraba a tiempo de cometer el delito, pues si bien se recoge vínculos de amistad entre las partes, se concluye que si bien la afectación repercutió en la víctima, empero “no ha sido desvirtuado por el condenado” (folio 24), es decir, se incorpora un argumento no solo conjetural, sino que por demás es una afrenta al sistema acusatorio. Apoyar una decisión de tipo revisorio, en un régimen reglado de impugnación, en cuestiones unívocas como falta de arrepentimiento, inexistencia de buena fe, la existencia de otras víctimas, sin duda, entran en contradicción y conflicto, con las orientaciones que la jurisprudencia brinda para la fijación judicial de la pena. El AS 294/2015-RRC-L de 17 de junio, dentro de la línea jurisprudencial atinente a la porción normativa de los arts. 37-40 del CP, ordena una serie de cuestiones destinadas a permeabilizar la imposición de una pena, procurando permeabilizar una condena y alejarla de la subjetividad del juez; en el mismo orden, las posibilidades rectificadoras del art. 414 del CPP, no presumen un margen de nueva consideración de hechos, valoración probatoria y menos aún –como lo hizo la Sala Penal Primera- incluir en ese margen antecedentes no vinculados con el objeto del proceso, pues ello, quiebra la unidad de aprehender el conocimiento del hecho, tomar conocimiento directo de las partes para imponer una pena