Auto Supremo AS/0975/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0975/2019

Fecha: 24-Sep-2019

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3.En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista REG/S.CII/ASEN.092/30.11.2018 de 30 de noviembre de 2018 que cursa de fs. 485 a 489 vta., donde los jueces de alzada en lo trascendental de dicha resolución, después de un examen minucioso de los medios probatorios cursante en obrados, concluyeron que la parte demandada no demostró con ningún medio probatorio eficaz que el documento de 12 de febrero de 2011 hubiese sido suscrito bajo alguna causa de nulidad o anulabilidad, como tampoco demostró que el referido documento fue suscrito de forma restrictiva a las acciones y derechos que les correspondiese a la firmante, es decir a Virginia Ticona Rocha; en ese mismo sentido refirieron que el instrumento de aclaración de documento de venta de lote de terreno de fecha 12 de febrero de 2011, se referiría de manera general al documento de 18 de enero de 2010 como ficto, sin especificar acciones y derechos, y al contar este contradocumento con todas las formalidades de ley tendría que ser valorado como prueba de simulación tal como lo referiría el art. 545.II del Código Civil, consiguientemente, este deja sin efecto jurídico al documento de transferencia de 18 de enero de 2010, dejando de surtir sus efectos jurídicos para todos los suscribientes del mismo