Auto Supremo AS/0975/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0975/2019

Fecha: 24-Sep-2019

Finalmente, para concluir con los reclamos de forma, es el turno de referirnos a la

Finalmente, para concluir con los reclamos de forma, es el turno de referirnos a la omisión valorativa de la confesión provocada a la que fue diferido el demandado Hugo Efigenio Ticona Rocha y del documento de aclaración y complementación que data de fecha 23 de junio de 2010. En vista de que el presente reclamo acusa que el Tribunal de segunda instancia habría incurrido en una posible omisión valorativa, amerita una vez más remitirnos a los fundamentos en los cuales se sustenta el auto de vista, revisión que nos permite inferir que lo acusado no resulta evidente, debido a que los jueces de alzada en el apartado II.1. titulado “De la prueba y su valoración”, consideraron toda la prueba cursante en obrados, entre ellas la confesión provocada a la cual hace alusión la parte recurrente, pues resumieron lo que dicho sujeto procesal habría declarado, de igual forma, cuando valoraron la Escritura Pública Nº 459/2010, se entiende que tácitamente valoraron el documento de aclaración de fecha 23 de junio, ya que dicho contrato forma parte de la citada escritura; por lo tanto, las omisiones de valoración en que hubiese incurrido el Tribunal de alzada no resultan fundadas