Auto Supremo AS/0044/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2020

Fecha: 29-Ene-2020

“(…) de la revisión de los datos del proceso se tiene a fs

Asimismo, la sentencia en relación a la multa del 30%, señaló:
“(…) de la revisión de los datos del proceso se tiene a fs. 219 el Recibo Oficial de Beneficios sociales en depósitos en custodia del ministerio de Trabajo por la suma de Bs. 9.231,94, monto que fue depositado en fecha 15 de enero de 2016 y conforme se llegó a colegir en la presente sentencia la ruptura de la relación jurídico laboral fue en fecha 31 de diciembre de 2015, en consecuencia, el pago de la suma señalada fue realizada dentro de los 15 días siguientes de la ruptura de la relación laboral conforme lo establece el art. 9 del D.S. 28699 de 1 de mayo de 2006, empero la vacación no fue cancelada; consiguientemente corresponde únicamente aplicar la multa del 30% en el saldo de la liquidación a practicarse.”