Auto Supremo AS/0044/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2020

Fecha: 29-Ene-2020

a)

En ese contexto, corresponde ingresar a resolver el presente recurso, en mérito a los principios constitucionales y la norma aplicable al caso concreto.
a).- En lo relativo a los descansos anuales, el capítulo II del RLGT, en su art. 33, en lo relativo a los descansos anuales, dispone: “La vacación anual no será compensable en dinero, salvo el caso de terminación del contrato de trabajo. No podrá ser acumulada, salvo acuerdo mutuo por escrito, y será ejercitada conforme al rol de turnos que formule el patrono”