Auto Supremo AS/0056/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2020

Fecha: 21-Ene-2020

Con relación a la violación de la ley aplicable; señaló que es válido lo descrito

Respecto al error de derecho en la valoración de la prueba y la omisión de la prueba, señaló que los recurrentes tenían la posibilidad de pedir aclaración respecto a la superficie ocupada por el canal de riego y el informe técnico al que hacen referencia, solicitando la explicación y complementación necesaria conforme el art. 226 del CPC; si bien es cierto que ahora por memorial de 8 de agosto de 2019 solicitó enmienda y complementación del Auto de Vista, no hicieron referencia a lo que recién ahora consideran insuficiente, falta de fundamentación o que no dio respuestas a todos los puntos apelados por lo que se demuestra que el recurrente no agotó el derecho que le faculta el art. 226 del CPC, correspondiendo que el recurso sea declarado infundado.
Con relación a la violación de la ley aplicable; señaló que es válido lo descrito líneas supra, empero, es importante aclarar que en el recurso de casación en la forma y fondo, se advierte la improcedencia del recurso planteado por cuanto en los argumentos esgrimidos no exponen de manera precisa la ley o leyes infringidas en la forma o en el fondo; como tampoco cita con claridad y exactitud las infracciones al Código Procesal Civil, además que no se advirtió fundadamente la mala interpretación, indebida aplicación de normas, injusta aplicación de los medios de prueba o la violación del debido proceso causado por la A quo o el Ad quem