Auto Supremo AS/0056/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2020

Fecha: 21-Ene-2020

Por lo detallado, se concluye que no existe ni existió una mala determinación de la

Por lo detallado, se concluye que no existe ni existió una mala determinación de la Gerencia al determinar que la propiedad afectada por el canal de riego sea restituida a quienes la otorgaron, ya que esas parcelas fueron dotadas por los vecinos de Colcapirhua para un fin específico y determinado, “la apertura del canal de riego de la Angostura y la estructura necesaria”, superficie territorial que no fue expropiada por ninguna entidad del Estado, y al no recibir la indemnización y/o compensación, corresponde que esas parcelas sean devueltas a los propietarios originarios, es decir específicamente a Ascencio Saavedra, ya que el canal de riego fue cerrado definitivamente el año 1984 aproximadamente, en consecuencia el fin determinado se extinguió