Auto Supremo AS/0407/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2020

Fecha: 02-Oct-2020

Acusó que el Auto de Vista es nulo, porque carece de motivación y fundamentación al

3. Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación de 641 a 645, por Felicidad Peredo Vda. de Quinteros y de fs. 649 a 654 vta., por Benedicta y René Peredo Morales., que es objeto de análisis.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Del contenido del recurso de casación interpuesto por Felicidad Peredo Vda. de Quinteros

Acusó que el Auto de Vista es nulo, porque carece de motivación y fundamentación al resolver los puntos de agravio reclamados en apelación, vulnerando el derecho al debido proceso establecido en el art, 115.II de la Constitución Política del Estado, art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos humanos, arts. 15 y 17 de la Ley del Órgano Judicial y art. 4 del Código Procesal Civil, debido a que no razona o analiza sus fundamento de apelación del porqué la sentencia de primera instancia confirma en lo referente a la anulabilidad de ampliación de mandato y de la transferencia de los lotes de terrenos ubicados en Huayllani, o por qué confirma la declaración de temeridad y malicia